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Distrito escolar de la ciudad de Provo

Escuela Secundaria Dixon

Última modificación: 28 de octubre de 2022

Aviso sobre las tasas escolares

Para familias de alumnos de séptimo a duodécimo curso 

Si necesita ayuda para comprender este aviso, llame al (801) 374-4980

La ley de Utah permite el cobro de tasas en los grados séptimo a duodécimo. Esto significa que a su hijo se le pueden cobrar tasas por el material escolar, los suministros, las actividades y los programas. Excepto en el caso de artículos domésticos y prendas de vestir de uso común, un profesor u otra persona no puede exigir a su hijo el pago de tasas o la entrega de materiales, dinero o cualquier otra cosa de valor, a menos que dicho requisito haya sido aprobado por el Consejo de Educación local e incluido en la lista de tasas de la escuela o del distrito. Además, ningún profesor, entrenador u otra persona que actúe como representante de la escuela puede invitar o exigir a su hijo que participe en un campamento de verano u otra actividad a menos que los costes hayan sido aprobados por el Consejo de Educación local y figuren en la lista de tarifas.

Si su estudiante es elegible sobre la base de la verificación de ingresos o recibe pagos de SSI (QUALIFIED CHILD WITH DISABILITIES), o si usted está recibiendo TANF (actualmente calificado para recibir asistencia financiera o cupones de alimentos) o el estudiante fue colocado en su casa por el gobierno como un niño de crianza, la escuela debe renunciar a los honorarios (lo que significa que no tendrá que pagar las tasas). Si tiene una emergencia económica causada por la pérdida del empleo, una enfermedad grave u otra pérdida sustancial de ingresos ajena a su control, su hijo podría optar a una exención de tasas aunque no se cumplan otros criterios de elegibilidad.

Puede solicitar la exención de tasas presentando el Solicitud de exención de tasas (Grados 7-12). Se incluye una copia de la solicitud con este aviso. Se pueden obtener copias adicionales en la oficina de la escuela. Tan pronto como haya enviado los formularios cumplimentados, el requisito de la tasa será suspendido hasta que se haya tomado una decisión definitiva sobre la elegibilidad de su estudiante para la exención de tasas. Si la solicitud es denegada, la escuela le enviará un Formulario de decisión y recurso. El formulario le dirá por qué se denegó la solicitud y le explicará cómo recurrir la decisión. El formulario para iniciar un recurso se encuentra en la misma página que el formulario de la decisión. Recuerde guardar siempre una copia para usted. Si recurre una denegación de exención de tasas, no tendrá que pagarlas hasta que se resuelva el recurso. 

Si su estudiante tiene derecho a la exención de tasas, se debe renunciar a todas las tasas, incluidos, entre otros, los siguientes

Cuotas de inscripción, libros de texto, depósitos para libros de texto y material, material escolar, tarjetas de actividades, actividades extraescolares y taquillas escolares; cuotas de laboratorio y tienda; cuotas de gimnasio y toallas; costes de uniformes y accesorios; excursiones y cuotas de asamblea; costes de viajes de clase o equipo; y costes de instrumentos musicales utilizados en clases o actividades escolares.

No existen tasas "no condonables" u "opcionales", pero en algunos casos se pueden acordar alternativas a la exención de tasas, pero no en el caso de las tasas por libros de texto. No se permiten alternativas a las exenciones para las tasas de libros de texto. Las alternativas a la simple exención de tasas escolares pueden incluir cosas como un requisito razonable de servicio comunitario o el encargo de ayudar en una recaudación de fondos, pero no pueden incluir pagos a plazos, pagarés u otros planes de pago aplazado. Los requisitos de servicio comunitario y recaudación de fondos deben ser apropiados para la edad, condición física y madurez del alumno, y deben llevarse a cabo de tal manera que los alumnos no sean objeto de vergüenza, ridículo o humillación. Además, los requisitos de servicio comunitario y recaudación de fondos deben evitar cargas excesivas para los alumnos y sus familias y tener debidamente en cuenta las necesidades educativas y de transporte del alumno, así como otras responsabilidades.

Tu centro de estudios te informará de si va a exigirte servicios a la comunidad como alternativa a la exención de tasas.

Todos los alumnos que participen en un programa para el que se recauden fondos deben ser invitados a participar en la recaudación de fondos, no sólo aquellos que puedan optar a la exención de tasas. Todos los participantes en la recaudación de fondos deben compartir los beneficios obtenidos. La participación en la recaudación de fondos puede ser obligatoria para quienes hayan solicitado la exención de tasas. Si un alumno con derecho a exención de tasas ya ha realizado un requisito de servicio comunitario que cubre todas las tasas en cuestión, no se le exigirá una recaudación de fondos adicional, a menos que todos los alumnos estén sujetos al mismo requisito.

Dado que los habitantes de zonas de bajos ingresos suelen tener menos ingresos discrecionales y, por tanto, menos posibilidades de donar o gastar dinero en actividades de recaudación de fondos que los de zonas de ingresos más altos, no deben utilizarse cuotas. La cuestión debe ser si un estudiante ha hecho un esfuerzo de buena fe, no si un estudiante concreto ha alcanzado una cuota de ventas. Si un alumno hace el esfuerzo solicitado, pero no se recauda suficiente dinero en la recaudación de fondos para cubrir todos los gastos de la actividad escolar y ésta sigue adelante de todos modos, entonces debe eximirse al alumno de la diferencia entre la parte de la recaudación que le corresponde y el importe real de la cuota.

Los fondos escolares son limitados y es posible que tu centro necesite ayuda aparte de las tasas. Por ello, la escuela puede pedirle donaciones deducibles de impuestos de material escolar, equipamiento o dinero, pero la escuela no puede exigir donaciones. Ningún alumno podrá ser penalizado por no hacer una donación. Por ejemplo, si las donaciones se utilizan para pagar una excursión, todos los alumnos deben poder ir aunque algunos no hayan hecho donaciones.

Independientemente de que haya pagado o no tasas, donaciones y contribuciones, o de que haya solicitado, recibido o le hayan denegado exenciones, su nombre es confidencial. y no puede divulgarse a cualquiera carecen tanto del derecho como de la necesidad de conocer la información. Sin embargo, la escuela puede, con el consentimiento del donante, dar el reconocimiento apropiado a cualquier persona u organización que haga una donación o contribución importante a la escuela.

Los gastos de anillos de graduación, anuarios, fotos escolares, chaquetas con letras y artículos similares no son cuotas y no es necesario renunciar a ellos. También, si su estudiante pierde o daña la propiedad de la escuela, los costos de reemplazo o reparación no son honorarios y no necesitan ser renunciados. Es posible que los alumnos deban pagar tasas por cursos de matrícula simultánea o de colocación avanzada. La porción de las cuotas relacionadas específicamente con calificaciones o créditos universitarios o postsecundarios no está sujeta a exención de cuotas. Además, sólo los estudiantes que hayan pagado un depósito por libros de texto o material podrán recibir el reembolso del depósito al final del curso.

La escuela y su personal no puede retener, reducir o mejorar calificaciones o créditos, o retener calificaciones, créditos, boletines de calificaciones, expedientes académicos o diplomas para exigir el pago de cuotas. Una escuela puede retener los expedientes oficiales de un estudiante responsable de propiedad escolar perdida o dañada de acuerdo con la Sección 53A-11-806, pero no puede retener los expedientes de un estudiante que impedirían que un estudiante asista a la escuela o sea colocado apropiadamente en la escuela.

La ley estatal requiere que las escuelas o los distritos escolares exijan DOCUMENTACIÓN de la elegibilidad para la exención de cuotas si los padres deben "solicitar la exención de cuotas". Las juntas locales tendrán políticas y/o directrices para determinar la documentación requerida para la elegibilidad para la exención de cuotas.

La ley estatal exige que un distrito escolar ofrezca alternativas en lugar de la exención de tasas, "en la mayor medida razonablemente posible según las circunstancias individuales tanto del solicitante de la exención de tasas como de la escuela", de acuerdo con las políticas y/o directrices del consejo local.

La documentación de elegibilidad para la exención de cuotas NO se requiere anualmente, pero puede ser requerida en cualquier momento por la escuela o un padre puede solicitar una revisión por una buena causa. Además, la documentación NO SE CONSERVARÁ por razones de privacidad. Las escuelas pueden transferir la información de elegibilidad de exención de cuotas a otras escuelas a las que los estudiantes avancen o se transfieran. 

NOTA: Si su distrito no requiere que los padres de toda el área del distrito o los padres y estudiantes de escuelas o secciones específicas del distrito "soliciten la exención de cuotas", los administradores del distrito NO NECESITAN requerir la verificación de elegibilidad bajo esta sección.

Si tienes alguna pregunta, habla primero con el representante de tu centro o distrito escolar que figura a continuación. Si sigues necesitando ayuda, ponte en contacto con uno de los otros organismos enumerados:

  • Teléfono de la escuela: 801-374-4980
    • Pide:
  • Número de teléfono del distrito: 801-374-4800
    • Pide:

Información de contacto de la Oficina de Educación del Estado de Utah

  • 250 Este 500 Sur
  • Apartado de correos 144200
  • Salt Lake City, Utah 84114-4200
  • 801-538-7830
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